Servicios
Limpieza Urbana
CORTE DE CÉSPED
Esta actividad se realiza en las zonas públicas del municipio, tales como: separadores viales ubicados en vías de tránsito automotor o peatonal, glorietas, rotondas, orejas o asimilables, parques públicos sin restricción de acceso definidos en las normas de ordenamiento territorial, que se encuentren dentro del perímetro urbano.
Se excluye:
Corte de césped de los antejardines frente a los inmuebles, el cual será responsabilidad de los propietarios de éstos. Así también las actividades de ornato y embellecimiento. Según el Decreto 1077 del 2015.

PODA DE ARBOLES
Está compuesta por el corte de ramas, follajes, recolección, presentación y transporte para disposición final o aprovechamiento siguiendo los lineamientos que determine la autoridad ambiental competente. Esta actividad se realiza sobre los árboles ubicados en separadores viales, vías peatonales, glorietas, rotondas, orejas o similares, parques públicos sin restricción de acceso, definidos en las normas de ordenamiento territorial, que se encuentren dentro del perímetro urbano.
Se excluye:
Árboles ubicados en andenes y antejardines frente a los inmuebles en cuyo caso es responsabilidad del propietario.
Poda de árboles ubicados en las zonas de seguridad definidas por el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas (RETIE).
